Lo que debe contener un Reglamento Interno de Trabajo
- sarcoquinlop56
- 6 nov 2017
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El RIT debe contener aspectos que no están en el Código Laboral, como son las particularidades propias de la empresa o servicio, que quiera exigir el empleador, o beneficios más allá de los legales en los cuales se quiera comprometer el empleador. Por ejemplo:
El horario de trabajo en la empresa y sus distintas áreas, los lugares de trabajo.
Vacaciones superiores a los 15 días hábiles que establece el C.S.T.
Obligaciones particulares que se quieran imponer al trabajador, v.g.: prohibido el uso de celular en determinada área, o la ingesta de alimentos, o el uso de perfumes o cosméticos en el área de laboratorios, etc.
Escala de multas por llegadas tarde, sin que sobrepase lo establecido en el artículo 113 del C.S.T.
Clases de faltas y escala de sanciones
Sobre el particular, el empleador es el que decide limitarse en su poder subordinante y entre éste, su potestad disciplinaria.
De tal manera que basta con que el trabajador incumpla una vez algo establecido como prohibición u obligación en el C.S.T., en el contrato de trabajo o en Reglamento Interno, para poder despedir de una a un trabajador; previa diligencia de descargos.
Pero si el empleador quiere hacer una distinción entre faltas leves y graves, es su decisión si lo quiere, al igual que establecer una escala de medidas a tomar, según la falta cometida.
Elaboración del Reglamento Interno de Trabajo
Siempre será el empleador quien lo hace, o sus modificaciones, de manera unilateral,salvo que acuerde con sus trabajadores hacerlo mancomunadamente, por ejemplo, a través de pacto colectivo o fallo arbitral (Art. 106 C.S.T.).
Recuerde, desde la expedición de la Ley 1429 de 2010, no se debe remitir el proyecto del RIT o sus modificaciones, al Inspector de Trabajo, tal como lo explicamos en nuestros editoriales: Reglamento Interno de Trabajo. Elaboración, Publicación y Vigencia, sin intervención de la Oficina del Trabajo, Modificación de actuales Reglamentos de Trabajo, según la Ley 1429 de 2010
Efectos jurídicos del RIT
Una vez el empleador expida el RIT o una modificación, tendrá que notificarlo al trabajador, para que de ésta manera haga automáticamente parte del contrato de trabajo. (Art. 107 C.S.T.)
Lo que nunca debe decir un RIT
Aspectos que desmejoren las condiciones del trabajador, según derechos mínimos que contengan la Constitución y la Ley, entre ellas, el Código Sustantivo del Trabajo.
Material Relacionado:
Nuevas leyes laborales modifican automáticamente los Reglamentos de Trabajo
Reglamento Interno de Trabajo. Elaboración, Publicación y Vigencia, sin intervención de la Oficina del Trabajo
Modificación de actuales Reglamentos de Trabajo, según la Ley 1429 de 2010
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